Misión
Nuestra misión es velar porque los intereses de las personas queden fielmente expresados en las declaraciones y/o actos notariales que se autoricen o protocolicen en esta notaria.
Visión
Nuestra visión es lograr ser una notaria reconocida por su eficiencia, seguridad y compromiso, logrando una alta satisfacción de los usuarios.
Valores
- Integridad: Actuamos con rectitud y transparencia, dentro de los prinicipios éticos y legales que rigen nuestras actividades.
- Compromiso: Desarrollamos nuestro trabajo a sabiendas de la importancia que tiene para nuestros usuarios.
- Respeto: Valoramos y reconocemos los derechos de cada uno de nuestros usuarios.
- Servicio: Nuestro personal siempre estará presto a colaborarle y hacer que su experiencia con nuestros servicios sea gratificante.
Funciones del Notario
Las funciones de las Notarías que son iguales para todas están descritas de forma resumida en el artículo 3 del Decreto Ley 960 de 1970.
Las normas de creación de las notarías (decretos presidenciales), ni las de creación o modificación de círculos notariales añaden funciones a las Notarías.
1. Recibir, extender y autorizar las declaraciones que conforme a las leyes requieran escritura pública y aquellas a las cuales los interesados quieran revestir de esta solemnidad.
2. Autorizar el reconocimiento espontáneo de documentos privados.
3. Dar testimonio de la autenticidad de firmas de funcionarios o particulares y de otros Notarios que las tengan registradas ante ellos.
4. Dar fe de la correspondencia o identidad que exista entre un documento que tenga a la vista y su copia mecánica o literal.
5. Acreditar la existencia de las personas naturales y expedir la correspondiente fe de vida.
6. Recibir y guardar dentro del protocolo los documentos o actuaciones que la Ley o el Juez ordenen protocolizar o que los interesados quieran proteger de esta manera.
7. Expedir copias o certificaciones, según el caso, de los documentos que reposen en sus archivos.
8. Dar testimonio escrito con fines jurídico - probatorios de los hechos percibidos por ellos dentro del ejercicio de sus funciones y de que no haya quedado dato formal en sus archivos.
9. Intervenir en el otorgamiento, extensión y autorización de los testamentos solemnes que conforme a la Ley civil deban otorgarse ante ellos.
10. Practicar apertura y publicación de los testamentos cerrados.
13. Llevar el registro del estado civil de las personas en los casos, por los sistemas y con las formalidades prescritas en la Ley.
14. Las demás funciones que les señalen las leyes.
Es importante tener en cuenta que el notario sólo podrá ejercer sus funciones a petición de los interesados, quienes tienen la plena libertad de elegir el notario que deseen.
Organigrama Notaria San Diego Cesar
Somos una notaria conformada por:
Notario, envestido por la ley para dar fe publica de todos los actos y hechos realizados por las personas.
Contadora, quien hace las veces de la dependencia de contabilidad de una empresa, encargada de toda la parte contable y financiera de la Notaria.
Asistente Notarial, quien hace las veces de dependencia de atención al usuario, encargada de asistir al notario en todos los procesos de escrituración y demás actos que se lleven a cabo en la Noataria.
Servicios Generales, persona encargada del aseo y cuidado de las instalaciones de la Notaria.
